APCS. Nuevas medidas de cuidado ante el avance de la segunda ola de Covid 19
Hoy por la mañana, el presidente Alberto Fernández, anunció las nuevas medidas de cuidado ante el avance de la segunda ola de Covid 19.
El Presidente señaló las razones del crecimiento de casos de Covid 19 en todo el país. Por ello se realizó una clasificación de los distritos y provincias en cuatro categorías: Situación de Baja Incidencia, Media, Alto Riesgo Epidemiológico y Alarma Epidemiológica y Sanitaria
De esta manera quedan suspendidos los viajes grupales de egresados y egresadas, de estudio y de grupos turísticos, así como también las reuniones sociales de más de 10 personas. Las personas de riesgo sanitario no deberán asistir a sus puestos de trabajo.
Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) Razón: 0.8 a 1.2 e b) Incidencia: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 Habitantes. Como se ha manejado hasta ahora es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.
Medidas para zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) Razón: Mayor a 1.20 e b) Incidencia: mayor a 150 c/ 100.000 HABITANTES
Se suspenden además las actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados. También en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas
Las prácticas recreativas de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas quedan suspendidas. También los casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta. Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs
Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.
Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
Se establecerán disposiciones locales y focalizadas de contención para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.
Medidas para zonas de alerta epidemiológica y sanitaria
Todas las actividades serán suspendidas, con cierre de centros comerciales y shoppings, como así también las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.
Locales comerciales cerrarán sus puertas entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno. Se restringe la presencialidad en el ámbito educativo. Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.
Se prohíben los deportes grupales, los casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta. El horario de los locales gastronómicos estará limitado entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
Se prohíbe la circulación de personas entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.) y el transporte público será solo para esenciales y autorizados.